Wednesday, January 16, 2008

El Universal, perdiendo credibilidad....

Bueno ya sabemos que los medios, de ningún tipo son confiables al 100% (sinceramente ni siquiera se en que porcentaje se puede confiar en ellos)
Me encontré con el siguiente articulo:


Serpientes y Escaleras
Salvador García Soto

El articulo titulado,
Dos realidades, Dos percepciones.

http://www.eluniversal.com.mx/columnas/69376.html

Y hasta el final del articulo, como NOTA INDISCRETA, al puro estilo de los programas amarillos de chismes en la TV (que claro no hacen ninguna investigación) comentó lo siguiente:

"NOTAS INDISCRETAS… Anoche en Los Pinos se decidieron los primeros tres cambios en el gabinete del presidente Felipe Calderón. El primero se hizo oficial anoche con la renuncia de Beatriz Zavala a la Secretaría de Desarrollo Social, que presentó la yucateca por la tarde. Zavala renunció a su cargo y, oficialmente lo hizo ante la invitación para ocupar una posición en el Comité Ejecutivo Nacional del PAN. Anoche en la oficina de Germán Martínez preparaban el anuncio de la incorporación de la yucateca a una secretaría de la dirigencia panista. El relevo en la Sedesol ya está definido y es un hombre muy cercano al presidente Calderón, el subsecretario de Hacienda Ernesto Cordero. Los otros dos cambios que ya están decididos y se harían públicos en las próximas horas serían, según fuentes de la casa presidencial, el del secretario de Agricultura, Alberto Cárdenas Jiménez, que se iría ante el desconocimiento de las organizaciones campesinas que lo dejaron plantado en su mesa de diálogo la semana pasada. Y el otro cambio se daría por los rumbos de Bucareli y sería el de mayor envergadura en esta primera serie de movimientos del gabinete calderonista… El tema de Juan Camilo Mouriño y sus aspiraciones presidenciales despertó gran interés de los lectores. En varios correos, algunos de abogados y constitucionalistas, se afirma que si bien el artículo 82 establece el requisito de que el candidato presidencial sea “mexicano por nacimiento”, hay otro artículo de la Carta Magna, el 50, donde se señalan distintas posibilidades para que se adquiera la condición de mexicanidad por nacimiento. Entre esas posibilidades están las de ser hijo de padre o madre mexicano, sea por nacimiento o por naturalización. Hasta donde se sabe, por las biografías disponibles, los dos padres de Mouriño, Carlos Mouriño Atanes y María de los Ángeles Terrazo, nacieron en España. El primero en Vigo y su madre en la provincia de Avión. La familia de la señora Terrazo emigró de España y se estableció en México en los años 40, con la oleada migratoria de la Guerra Civil Española. No está claro si María de los Ángeles se naturalizó mexicana y si lo hizo desde la llegada de su familia a suelo mexicano. Si su madre no es naturalizada, no habría manera de que Mouriño tuviera la condición de “mexicano de nacimiento”, en caso contrario, si ella ya había adquirido la nacionalidad al momento de nacer Juan Camilo, entonces sí estaría habilitado. Aunque en ese caso, que sí fuera “mexicano por nacimiento”, otro correo de un lector agrega un punto muy interesante: y dice que el impedimento para Mouriño estaría en el hecho de que pudiera tener una doble nacionalidad, pues el artículo 32 constitucional dice a la letra: “El ejercicio de los cargos y funciones para los cuales, por disposición de la presente Constitución, se requiera ser mexicano por nacimiento, se reserva a quienes tengan esa calidad y no adquieran otra nacionalidad”. La pregunta entonces sería si Juan Camilo renunció a la ciudadanía española. ¿Por qué no aclara todo eso el jefe de la oficina presidencial?

Los dados mandan Escalera doble. Buen arranque de semana.



Me molesto mucho como manejan al pueblo con este tipo de artículos. así que le respondí al Sr. enviandole un mail:




Salvador García Soto:

Me sorprende mucho encontrar este articulo en un periódico como El Universal.
Yo tengo una duda respecto a el, Es malintencionada, la siembra de la duda sobre el status de Juan Camilo Mouriño como mexicano por nacimiento o es mera ignorancia. De cualquier modo, sea cual sea la respuesta, Ud. queda muy mal parado.

Este asunto del status es tan sencillo y de cultura general, no hay ninguna duda de que Juan Camilo Mouriño es mexicano por nacimiento, por la simple razón
de que el Lic. fungió como:

Diputado al Congreso de Campeche en representación del V Distrito Electoral Local de Campeche, y como Diputado federal plurinominal a la LVIII Legislatura de 2000 a 2003, candidato a Presidente Municipal de Campeche en las Elecciones de 2003.

Y ahí le va el dato, porque me parece que Ud. no hizo su tarea, para ostentar estos cargos, para ser diputado federal cuando menos se necesita:

Artículo 55. Para ser diputado se requieren los siguientes requisitos:

I. Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.

II. Tener veinte y un años cumplidos el día de la elección;

III. Ser originario del estado en que se haga la elección; o vecino de el con residencia efectiva de mas de seis meses anteriores a la fecha de ella.

Para poder figurar en las listas de las circunscripciones electorales plurinominales como candidato a diputado, se requiere ser originario de alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción en la que se realice la elección, o vecino de ella con residencia efectiva de mas de seis meses anteriores a la fecha en que la misma se celebre. La vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos públicos de elección popular;

IV. No estar en servicio activo en el ejercito federal ni tener mando en la policía o gendarmeria rural en el distrito donde se haga la elección, cuando menos noventa días antes de ella;

V. No ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni ministro de la Suprema Corte de Justicia de la nación, a menos que se separe definitivamente de sus funciones noventa días antes de la elección, en el caso de los primeros y dos años, en el caso de los ministros;

Los gobernadores de los estados no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos.

Los secretarios de gobierno de los estados, los magistrados y jueces federales o del estado, no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones si no se separan definitivamente de sus cargos noventa días antes de la elección.

VI. No ser ministro de algún culto religioso, y

VII. No estar comprendido en alguna de las incapacidades que señala el Artículo 59.

Y si para ese entonces, nadie se tomó la molestia de revisar su documentación, entonces creo que si estamos en graves dificultades.
Por lo tanto, no hay ninguna duda, ni la mínima que el Lic. Juan Camilo Mouriño, es tan mexicano por nacimiento, como Ud.
De vez en cuando, hacer una pequeña investigación o enterarnos un poco de lo que vamos a escribir, no hace daño.

Que tenga buena tarde.

Edna. I. Basurto

Y como creo que no estaba muy claro, le incluí en otro mail, la siguiente informacion:

Salvador García Soto:

Disculpe, pero me faltó aclararle bien me parece el punto:

El Lic. Jaime Camilo Mouriño, efectivamente nació en el extranjero, hijo de madre nacida fuera de territorio nacional, pero naturalizada mexicana, al momento de su nacimiento, lo que le confiere el status de mexicano por nacimiento AUN cuando el haya nacido fuera de territorio.

Articulo 30.

La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o naturalización.

A) Son mexicanos por nacimiento:

I. LOS QUE NAZCAN EN TERRITORIO DE LA REPÚBLICA, SEA CUAL FUERE LA
NACIONALIDAD DE SUS PADRES.

II.- LOS QUE NAZCAN EN EL EXTRANJERO, HIJOS DE PADRES MEXICANOS NACIDOS
EN TERRITORIO NACIONAL, DE PADRE MEXICANO NACIDO EN TERRITORIO NACIONAL,
O DE MADRE MEXICANA NACIDA EN TERRITORIO NACIONAL;

III.- LOS QUE NAZCAN EN EL EXTRANJERO, HIJOS DE PADRES MEXICANOS POR
NATURALIZACIÓN, DE PADRE MEXICANO POR NATURALIZACIÓN, O DE MADRE
MEXICANA POR NATURALIZACIÓN, Y

IV.- LOS QUE NAZCAN A BORDO DE EMBARCACIONES O AERONAVES MEXICANAS, SEAN
DE GUERRA O MERCANTES.

B).- SON MEXICANOS POR NATURALIZACIÓN:

I. LOS EXTRANJEROS QUE OBTENGAN DE LA SECRETARIA DE RELACIONES CARTA DE
NATURALIZACIÓN.

II.- LA MUJER O EL VARÓN EXTRANJEROS QUE CONTRAIGAN MATRIMONIO CON VARÓN
O CON MUJER MEXICANOS, QUE TENGAN O ESTABLEZCAN SU DOMICILIO DENTRO DEL
TERRITORIO NACIONAL Y CUMPLAN CON LOS DEMAS REQUISITOS QUE AL EFECTO
SEÑALE LA LEY.

El Lic. Jaime Camilo Mouriño, optó por la nacionalidad mexicana porque TENIA derecho a optar por ella a los 18 años, siendo hijo de mexicana, naturalizada. Y obtuvo lo que se llama: " Certificado de Nacionalidad Mexicana"
Y aqui le dejo el link:

http://www.sre.gob.mx/tramites/nacionalidad/tema1a.htm

Ahora si, me parece que quedó mas claro este punto.

Muchas Gracias por la atención.

Nuevamente, que tenga buena tarde.

Edna I. Basurto


En fin...a ver que contesta, y si contesta..

NO gana uno pa corajes...aquí esta el acta de Juan Camilo Mouriño

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